Artículo 320 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

La intervención del actor civil en el sumario se limitará a procurar la práctica de aquellas diligencias que puedan conducir al mejor éxito de su acción, apreciadas discrecionalmente por el Juez instructor.

art 320 lecrim

El artículo 320 de la LECRIM española hace referencia a la intervención del actor civil en el sumario.

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