La obligación establecida en el artículo anterior no comprende a los impúberes ni a los que no gozaren del pleno uso de su razón.
art 260 lecrim
El artículo 260 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal forma parte del título dedicado a la denuncia:
- Ley de Enjuiciamiento Criminal
- Libro II. Del sumario
- Título I. De la denuncia
- Libro II. Del sumario