Sin perjuicio de lo dispuesto en este título, el Ministerio de Gracia y Justicia establecerá, por medio de los correspondientes Reglamentos, el servicio de la estadística criminal que debe organizarse en dicho Centro y las reglas que en consonancia con él han de observar los Jueces y Tribunales.
art 257 lecrim
- Ley de Enjuiciamiento Criminal
- Libro I. Disposiciones generales
- Título XII. De las obligaciones de los Jueces y Tribunales relativas a la estadística judicial
- Libro I. Disposiciones generales
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