Artículo 216 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Contra las resoluciones del Juez de Instrucción podrán ejercitarse los recursos de reforma, apelación y queja.

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El artículo 216 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal española hace referencia a los recursos que pueden interponerse contra las resoluciones del Juez de Instrucción:

  1. Recurso de reforma
  2. Recurso de apelación
  3. Recurso de queja

El artículo 216 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal forma parte del título dedicado a los recursos contra las resoluciones procesales:

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