Discutida la sentencia propuesta por el Ponente votará éste primero, y después de él los demás Magistrados, por orden inverso de su antigüedad.
art 151 lecrim
- Ley de Enjuiciamiento Criminal
- Libro I. Disposiciones generales
- Título VI. De la forma de dictar resoluciones y del modo de dirimir las discordias
- Capítulo I: De las resoluciones procesales
- Título VI. De la forma de dictar resoluciones y del modo de dirimir las discordias
- Libro I. Disposiciones generales
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