In dubio pro reo

In dubio pro reo es un principio jurídico básico en el derecho penal que expresa la obligatoriedad de favorecer al acusado de un delito cuando las pruebas no sean suficientes para demostrar la culpabilidad.

Juicio ordinario

In dubio pro reo es un principio jurídico en Derecho Penal que expresa que si el juzgador tiene dudas sobre la culpabilidad del acusado tras valorar las pruebas, este debe ser considerado inocente.

Este principio de in dubio pro reo implica que el Juez o Tribunal tiene la obligación de absolver al acusado en caso de albergar alguna duda sobre su culpabilidad.

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Concepto de in dubio pro reo

El in dubio pro reo es un latinismo con raíces en el derecho romano representa la necesidad de tener certeza de la culpabilidad de un acusado para su condena, considerando preferible que se absuelva a un culpable antes de que se condene a un inocente.

Este principio jurídico va a constituirse como una regla de obligado cumplimiento por Jueces y Magistrados y, en su caso, un Tribunal del Jurado, a la hora de valorar la culpabilidad o no de un acusado.

Así, tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular y, en algunos casos la acusación popular, deberán demostrar la culpabilidad del acusado mediante los elementos de prueba de que dispongan. Y deberán hacerlo sin ningún género de duda.

Si una vez realizadas las pruebas y finalizado el juicio, el Juez tuviese dudas sobre la culpabilidad del acusado por no quedar demostrada la misma, este, al dictar sentencia deberá decidir en favor del acusado, siendo así absolutoria la sentencia que dicte.

La aplicación de este principio jurídico tiene como base el principio de inocencia.

Y es que según el ordenamiento jurídico, "toda persona es inocente hasta que se demuestre lo contrario". Así, cuando un Juez, Magistrados o Jurado tengan dudas de si una persona es o no culpable, deberán declararla no culpable.

El principio in dubio pro reo se configura como un pilar básico del derecho penal moderno y como una garantía inherente a todo Estado democrático y de derecho. Dicho principio hunde sus raíces en el derecho romano y obedece a la idea de que para el Estado es preferible absolver a un culpable que condenar a un inocente. En tal sentido, el principio in dubio pro reo es un mandato dirigido al juez o tribunal a fin de que no dicte sentencia condenatoria si no tiene un plena convicción de la culpabilidad del acusado. Así pues, si tras la práctica de la prueba el juzgador alberga alguna duda sobre la culpabilidad del acusado, dicho principio le obligará a dictar una sentencia absolutoria.

Dicho principio guarda estrecha relación con el derecho fundamental a la presunción de inocencia y no tan sólo opera sobre la culpabilidad del acusado sino que también es aplicable a las circunstancias que pueden agravar su responsabilidad penal (circunstancias agravantes).

Debido a la naturaleza de dicho principio y a que únicamente vincula al juzgador, en aquellos supuesto en los que exista pleno convencimiento de la culpabilidad del acusado, el principio in dubio pro reo no podrá ser invocado por ninguna de las partes. Dentro del derecho comparado podemos encontrar cierta similitud entre el principio in dubio pro reo y el concepto anglosajón de duda razonable

Gerson Vidal, abogado especialista en Derecho Penal en Valencia

Podemos incluir ciertas excepciones.

La jurisprudencia del Tribunal Supremo precisa que, el in dubio pro reo, es una norma interpretable. Con esto, el Tribunal Supremo quiere precisar que este principio jurídico no sirve para valorar la prueba, simplemente es aplicable cuando no se tiene certeza de la culpabilidad con base en las pruebas realizadas.

Igualmente este principio solo y exclusivamente podrá ser utilizado por el juzgador y no por las partes. De esta manera, las partes no podrán instarlo en los supuestos donde el Juez o Tribunal no tengan duda alguna.

Principio de legalidad

El principio de legalidad señala que, a la hora de juzgar penalmente a alguien por unos hechos, la conducta por los que esta persona los ha producido deberán estar penadas en la ley.

Para el caso de que no estuvieran señaladas como ilícito penal, es decir, como delito, en el Código Penal, tanto los hechos como la persona no podrán ser enjuiciados.

Ejemplo: El incumplimiento del régimen de visitas dejó de ser delito hace unos años en España. No se puede juzgar penalmente por recoger o devolver tarde a su hijo al otro progenitor, siendo la única vía posible la civil.

Principio de irretroactividad penal

El principio de irretroactividad penal obliga a no juzgar unos hechos porque una ley anterior los calificara como delito pero que, otra ley posterior los derogara.

Este principio se basa en que, para juzgar a una persona penalmente, la conducta ilícita debe estar penada en una ley anterior a cuando se juzgan los hechos De tal manera que si otra ley posteriormente agrava, suaviza o, directamente, deroga esa pena, siempre deberá aplicarse la ley más favorable al acusado.

Ejemplo: un incumplimiento del régimen de visitas cuando el Código Penal lo contemplaba como falta. Cuando se cometieron los hechos, esta conducta se calificaba como “falta”, pero cuando se va a celebrar el juicio el Código Penal cambia y ya no tienen calificación alguna. En este caso no se llegaría a celebrar ningún juicio dado que, aplicando la norma más favorable al reo, se debería sobreseer y archivar el proceso.

Diferencias entre in dubio pro reo y la presunción de inocencia

La principal diferencia entre los principios de presunción de inocencia y de in dubio pro reo es su regulación legal.

El principio de presunción de inocencia es un derecho fundamental señalado en nuestra Constitución en el artículo 24.2.

Mientras que el principio in dubio pro reo es simplemente un principio jurisdiccional penal.

La presunción de inocencia es, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo “un convencimiento subjetivo del órgano judicial”, es decir, alguien no podrá ser culpabilizado mientras no se demuestre que lo es.

Pero el principio in dubio pro reo, solo es aplicable cuando el juzgador tiene dudas sobre la culpabilidad del acusado tras valorar las pruebas.

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Referencias