Testigo

Un testigo es una persona que declara ante un juez o tribunal su percepción o conocimiento sobre ciertos hechos y circunstancias relacionadas con el objeto del juicio. La declaración de un testigo se conoce como testimonio y el mismo constituye un medio de prueba tanto, en materia civil como, en materia penal.

Testigo

Un testigo es la figura procesal invitada a declarar sobre la certeza de ciertos hechos investigados judicialmente.

¿En qué consiste la figura del testigo?

El testigo es una persona que brinda su testimonio, de manera voluntaria, ante un tribunal en torno a hechos que pueden contribuir a la resolución de un caso judicial.

Según el Diccionario del Español Jurídico, un testigo es una persona, distinta de las partes, que no se halle permanentemente privada de razón o del uso de sentidos, llamada a dar testimonio en un proceso o procedimiento judicial, sobre hechos controvertidos relacionados con el objeto del proceso.

Así pues, la figura del testigo en un procedimiento judicial es de carácter instrumental porque, por medio del mismo, es posible transmitir al juez el conocimiento de un hecho y, por la obligación legal de prestar juramento de que se dirá la verdad, el carácter real del mismo.

La validez del testimonio del testigo depende de la credibilidad del testigo, la cual, a su vez, tiene una relación con la afinidad o enemistad que pueda tener con alguna de las partes.

¿Cuáles son las obligaciones o deberes legales del testigo?

Los testigos están obligados a informar, si hay cabida para ello, su vínculo de parentesco o el tipo de vinculación con las partes, de subordinación respecto a estas, así como su vínculo de colaboración o de comunidad de intereses. Asimismo, tiene el deber de:

  • Declarar con base al interrogatorio al que se es sometido.
  • Prestar juramento de que dirá la verdad, lo cual implica una especie de garantía con respecto a la veracidad del testimonio.
  • Comparecer ante la citación del juzgado, siempre y cuando no estén impedidos, para declarar su percepción o conocimiento sobre lo que les pregunte.

La declaración que ofrece un testigo va precedida del juramento o promesa de decir verdad. Asimismo, el juzgado aportará información sobre la responsabilidad penal que conllevan las declaraciones falsas o reticentes.

Las personas que tienen alguna limitación o discapacidad para testificar pueden ser escuchadas, pero no están obligadas a prestar juramento.

Tipos de testigo

Se suelen clasificar a los testigos de la siguiente manera:

Testigo presencial (directo) o testigo no presencial (indirecto)

El testigo presencial es aquella persona que presenció u observó los acontecimientos de manera directa, es decir, a través de sus sentidos –vista, oído, olfato y/o tacto- El testigo no presencial, en cambio, es aquella persona que aporta su declaración en torno a algo que ha escuchado o que le han dicho.

Testigo perito o no perito

El testigo perito es una persona que reúne todas las características para ser testigos y que, debido a sus conocimientos previamente adquiridos, podría aportar al procedimiento un medio de prueba acerca de cómo ocurrió el hecho controvertido o no.

Asimismo, podría determinar la causa del mismo; es decir, la razón de ciencia que no viene proporcionada por una persona común, sino por la de un experto. La misión del testigo perito es la de auxiliar o asesorar al juez para la decisión que este ha de asumir sobre el objeto sometido a su enjuiciamiento.

Con frecuencia, se considera al perito un testigo no presencial, dado que puede aportar un testimonio valioso por sus conocimientos específicos o técnicos. No obstante, la condición de su testimonio varía de acuerdo a cada legislación.

Testigo persona jurídica o persona física

En ciertos casos, es posible que una persona jurídica, como, por ejemplo, una sociedad anónima o una entidad pública, sea llamada para comparecer ante un procedimiento. No obstante, el testimonio se ha de realizar por escrito y fuera del acto del juicio o la vista.

Testigo hábil o testigo inhábil

El letrado tiene el deber de confirmar si el testigo cuenta o no con las cualidades requeridas, es decir, empleo de los sentidos respectos a los hechos que pueden y deben declarar, plena capacidad y ser mayores de 14 años, en la mayoría de los casos, con algunas excepciones.

Testigo con interés o testigo sin interés

El testigo tiene la obligación de atestiguar si tiene amistad o enemistad con alguna de las partes, si fue condenado por falso testimonio en el pasado o si tiene algún interés particular en el resultado del procedimiento judicial.

Testigo de cargo o testigo de descargo

El testigo de cargo es aquella persona que declara en contra de la persona que está siendo enjuiciada, mientras que el testigo de descargo es el que declara en favor de aquella.