Artículo 276 de la Constitución Política de Guatemala
Artículo 276. Ley Constitucional de la materia.
Una ley constitucional desarrollará lo relativo al amparo, a la exhibición personal y a la constitucionalidad de las leyes.
art 276 cprg
- Constitución Política de la República de Guatemala
- TÍTULO VI: Garantías Constitucionales
- CAPÍTULO VI: Ley de Amparo, Exhibición Personal
- Artículo 276. Ley Constitucional de la materia.
- CAPÍTULO VI: Ley de Amparo, Exhibición Personal