Artículo 498 del Código Penal
Artículo 498. JURÍDICO TRIBUTARIO.
del Decreto 4-2012 del Congreso de la República). Será sancionado con arresto de diez a sesenta días:
1. El funcionario o empleado público que autoriceo efectúe la carga de máquinas estampadoras de timbres fiscales, sin que las máquinas estén debidamente autorizadas para operar, o no se hubiere cancelado previamente en las cajas fiscales el impuesto que se puede portear.
2. El agente de retención que no extienda al sujetopasivo del impuesto, la constancia de retención que conforme a la ley corresponde.
3. El funcionario o empleado público que por razónde su cargo reciba tributos pagados con cheque y no cumpla con identificar en el reverso del cheque.
a) A la persona individual o jurídica titular de lacuenta a cargo de la cual se libra el cheque.
b) El impuesto que se paga, y,
c) El número de operación de caja.
En las faltas tipificadas en los numerales uno y tres del presente artículo, además de la sanción de arresto, se despedirá de su cargo al funcionario o empleado público autor de la falta.
*CAPÍTULO VIII *DE LAS FALTAS ELECTORALES
(Capítulo adicionado por Artículo 18 del Decreto 4-2010 del Congreso de la República).
art 498 cp