El estado civil es la situación en la que se encuentra una persona en determinado momento de su vida personal. Las circunstancias determinantes del estado civil pueden ser su edad, su filiación y si es soltero o casado. Estas circunstancias pueden cambiar o durar en el tiempo y determina la capacidad de obrar de esas personas.

Una persona que acaba de contraer matrimonio adquiere el estado civil de casado.
A partir de esas circunstancias, se determina una situación jurídica personal, otorgando a la persona ciertas facultades.
Estos aspectos determinan un conjunto de derechos y de obligaciones que influyen en el desarrollo de la vida de relación personal, familiar, y frente a las administraciones públicas.
Tradicionalmente se consideraba el estado civil con la condición de soltero o casado, pero lo cierto es que hay muchos tipos de estados civiles que no tienen que ver con haber o no contraído matrimonio.
Este estado civil no permanece invariable. Muchas situaciones pueden variar en una persona desde que nace hasta que muere. Puede cambiar su nombre o apellido, variar su sexo, contraer matrimonio y después divorciarse, establecer una nacionalidad distinta o entrar y salir de un estado de tutela.
Datos del estado civil
El estado civil de las personas se debe inscribir en un registro público que esté accesible a terceros y se pueda verificar para actos jurídicos.
Los datos registrados en actas dan plena prueba del estado civil de esa persona. Los datos que forman el estado civil son:
El nacimiento
Es el primer aspecto que le da forma al estado jurídico de la persona.
El nombre y apellido
Permiten identificar a las personas y diferenciarlas del resto. Esos nombres y apellidos se vinculan al DNI para la identificación oficial.
La filiación
Es determinada por los padres de la persona. Tiene importancia a la hora de resolver cuestiones jurídicas, como cuando se determinan las herencias.
El matrimonio
Soltero, casado, separado o divorciado. El matrimonio es el estado civil más conocido y del que surgen toda una serie de derechos y obligaciones que modifican sus relaciones con terceras personas, especialmente a nivel patrimonial y si están bajo un régimen de bienes gananciales.
La edad
Forma parte del estado civil y determina lo que puede o no hacer una persona. El ordenamiento jurídico permite tomar ciertas decisiones antes de tener la mayoría de edad, como, por ejemplo, otorgar testamento a los catorce años de edad.
La emancipación
Se trata de la capacidad para obrar cuando los menores ya no están sometidos a la patria potestad de los padres.
En ciertos casos, los menores pueden pedir su emancipación y, a partir de ese momento, tienen las mismas capacidades de obrar que una persona que haya alcanzado la mayoría de edad.
La emancipación habilita al menor a regir sus acciones y sus bienes como si se tratara de una persona mayor de edad, aunque no pueda hacer determinadas cuestiones, como tomar dinero a préstamo, enajenar o gravar bienes inmuebles y establecimientos industriales o mercantiles.
Sexo o género
Femenino o masculino y puede ser cambiado en la actualidad.
Nacionalidad
La nacionalidad es de origen o puede adquirirse. Reconoce a la persona ciertos deberes y obligaciones que el Estado determina a quien la ostenta.
Tutelas y representaciones legales
Hay situaciones en las personas que les impiden valerse por sí mismas. Cuando la capacidad para poder obrar de forma independiente está limitada se necesita que pase a estar bajo un sistema de representación legal, lo que afecta su estado civil y sus decisiones propias.
Defunción
La muerte de una persona le pone fin a su estado civil y da lugar a una herencia que debe ser repartida.
Distintas situaciones
El estado civil es generado en diversas situaciones de la vida de una persona:
- Independencia personal: dependiendo de la edad de las personas pueden alcanzar una mayoría de edad o una emancipación para realizar ciertos actos jurídicos de forma independiente, como votar, casarse, adquirir propiedades...
- Situación familiar o de relaciones: depende de la situación y de los lazos establecidos se habla de personas solteras, casadas, viudas, y que conlleva distintas consecuencias fiscales y legales en determinados trámites.
- Nacionalidad: si una persona es extranjera o nacida en el país, las consecuencias de esa característica determinarán muchas variables en su trabajo, en sus derechos, en su residencia...
- Discapacidad:
- Hay medidas de apoyo a personas que son mayores de edad o menores emancipados para que puedan ejercer de forma adecuada su capacidad jurídica, y poder desarrollar plenamente su vida desenvolviéndose en condiciones de igualdad con respecto a otras personas.
- Estas medidas de apoyo se inspiran en su respeto y en su dignidad frente a los derechos fundamentales que deben ampararlos.
- Las medidas de apoyo que establece la legislación son: la guarda de hecho, la curatela y los defensores judiciales. Estos apoyos tienen un origen legal y proceden en defecto o por la insuficiencia de la voluntad de la persona. Todos estos apoyos se deben ajustar a principios de necesidad y proporcionalidad.
- Uniones de hecho: siempre han existido uniones de hecho, donde dos personas de modo estable se unen con intención de permanencia, con un proyecto de vida en común. En la legislación de algunas Comunidades Autónomas se legisla al respecto, pero debería ser más amplia la legislación referida a uniones de hecho, aunque comienzan a reconocerse algunos derechos.
- Transexualidad:
- El cambio se sexo se establecía derivado de una operación quirúrgica y tratamiento hormonal complementario, autorizando la rectificación del sexo por medio de un expediente.
- En la actualidad, las personas transexuales pueden obtener la mención de sexo y de nombre que estimen cumpliendo ciertos requisitos que marca la Ley, y el tratamiento como persona del sexo que desee considerar, sin tener que requerir de un tratamiento quirúrgico que determine el cambio.
- Este derecho, nacido por el cambio legislativo de una modificación del sexo sin pasar por una cirugía de reasignación, en la actualidad puede solicitarse por vía de expediente registral.
Conclusión
El estado civil reúne todo lo mencionado y es un corte en los derechos y las obligaciones en determinado momento de la vida de una persona, dejando explícitos derechos y obligaciones inherentes a ese momento, que no es estático, que puede variar.