La ejecución provisional de sentencia es un proceso legal mediante el cual una sentencia judicial se ejecuta antes de que se resuelvan los recursos interpuestos por las partes involucradas en el caso. Por lo tanto, la sentencia se ejecuta en forma provisional, antes de que sea sentencia firme.
Requiere de autorización del tribunal y solo se concede en casos excepcionales y siempre que se cumplan determinados requisitos legales.
¿En qué tipo de sentencias se puede conceder la ejecución provisional?
En principio, se puede solicitar la ejecución provisional de todo tipo de sentencias de condena. Quien haya ganado el juicio puede solicitar la ejecución provisional de la sentencia, tanto de primera instancia como de segunda instancia.
Es decir, que la ley admite la posibilidad de ejecución provisional de las siguientes sentencias:
- De la sentencia que ha sido dictada por un tribunal de primera instancia.
- De la sentencia emitida por un tribunal de segunda instancia, después de un recurso interpuesto por alguna de las partes.
Ejemplos de sentencias en las que se solicita ejecución provisional
El artículo 517 de la Ley de Enjuiciamiento Civil dispone que las sentencias tienen que referirse a títulos que tienen aparejada ejecución. Algunos ejemplos:
- Sentencia de condena firme.
- Resoluciones arbitrales y acuerdos de mediación.
- Aprobaciones y homologaciones de transacciones judiciales.
- Escrituras públicas.
- Pólizas de contratos mercantiles.
- Resolución que establezca cantidad máxima reclamable por una indemnización en acciones contra Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil de vehículos.
- Títulos al portador o nominativos, legítimamente emitidos que representen obligaciones vencidas.
¿Existen excepciones de sentencias que no admiten ejecución provisional?
Existen algunos tipos de sentencias en las que la ley no otorga la ejecución provisional. Algunas de ellas son:
- Las sentencias que imponen medidas de carácter personal o familiar que pueden afectar los derechos fundamentales de la persona. Ejemplos de estas sentencias son las emitidas en procesos de filiación, paternidad y maternidad, divorcio o separación matrimonial, custodia, estado civil.
- Las sentencias que obligan a una pena privativa de libertad superior a dos años o cuando el penado tenga antecedentes penales.
- Las sentencias que obligan a la realización de una obra o de una actividad determinada, cuando existe un recurso interpuesto, sea de apelación o de casación.
- Las sentencias que declaren la nulidad o caducidad de títulos de propiedad industrial.
- Las sentencias no firmes emitidas fuera del territorio español, salvo que los tratados internacionales suscritos por España indiquen lo contrario.
- Las sentencias que dispongan indemnizaciones por vulneración de derechos de honor, de la propia imagen o de la intimidad.
Solicitud y condiciones de la ejecución provisional de sentencias
El procedimiento para la ejecución provisional de sentencias de condenas en las que se hayan interpuesto recursos es el mismo que el de una ejecución ordinaria.
Los pasos son los siguientes:
Solicitud de ejecución provisional de la sentencia
El interesado debe presentar la solicitud o la demanda ante el juez o tribunal que dictó la sentencia. Esta solicitud debe contener el contenido de la sentencia que se pretende ejecutar, los motivos que justifican la ejecución provisional, la identificación de la sentencia cuya ejecución se pretende y la información referida a los bienes y personas involucradas.
La ejecución provisional de la sentencia se puede presentar en cualquier momento desde que se ha notificado de la resolución.
Admisión de la solicitud
La autoridad judicial dictará un auto admitiendo la solicitud e informando a la parte contraria.
Audiencia a la parte contraria
Si la parte contraria decide oponerse a la ejecución provisional de la sentencia, dispone de un plazo de 10 días para hacerlo. En este caso se celebrará una audiencia para resolver la oposición.
Resolución del juez o tribunal
El juez o tribunal resolverá sobre la solicitud de ejecución provisional. Valorará los intereses en juego y los perjuicios que pudiera provocar la ejecución provisional de la sentencia. Esta resolución podrá ser recurrida en una apelación.
Ejecución provisional de la sentencia
Si el juez considera que es procedente la ejecución provisional de la sentencia, se llevará a cabo siguiendo lo establecido en la propia sentencia. El juez podrá disponer de medidas para la realización de la ejecución provisional en la resolución en la que la autoriza.
¿Qué pasa después de la ejecución provisional de la sentencia?
La sentencia que se ejecuta provisionalmente no es sentencia firme, por lo tanto, solo podrán ser registradas en aquellos registros públicos que admitan la cancelación de los registros.
Una vez que el juez o tribunal ha concedido la ejecución provisional de la sentencia, los recursos siguen su trámite. Si la sentencia es finalmente revocada en función de los recursos interpuestos, se debe cumplir la última resolución. Esto implica que todo debe volver al estado anterior a la ejecución provisional.
Se deberá indemnizar al perjudicado por la ejecución provisional de la sentencia por los daños y perjuicios que esta ejecución le ocasionaron.
Ejecución provisional de sentencias dinerarias
Una sentencia dineraria es aquella en la que un juez o tribunal ordena el pago de una determinada cantidad de dinero a una persona o entidad. Generalmente, las sentencias dinerarias surgen en casos de reclamaciones de deudas, indemnizaciones por daños y perjuicios, pago de salarios, entre otros.
Estas solicitudes son habituales en sentencias que condenan a entidades bancarias al pago de determinadas cantidades. Es frecuente que los bancos interpongan recursos y prolonguen el tiempo de espera del beneficiario.
Si cuando el recurso se resuelve, la sentencia revoca la que se ejecuta provisionalmente y exime del pago al banco, se deberá devolver el dinero recibido. La persona que recibió el dinero tendrá que devolver al banco la cantidad recibida, más intereses, costas y compensaciones por daños y perjuicios.
Un abogado especialista orientará a la persona que ha recibido una sentencia en la decisión de si solicitar ejecución provisional de la misma. No en todos los casos es conveniente. El profesional asesorará a su cliente acerca de qué medidas son las más adecuadas para la ejecución de la sentencia en su caso, y le informará acerca de los riesgos y beneficios de cada opción.
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