Rebus sic stantibus es una cláusula que permite modificar las condiciones de un contrato en circunstancias especiales. En la práctica se aplica en un ‘estando así las cosas’, es decir, cuando por una situación sobrevenida se altera el equilibrio económico y una de las partes no puede afrontar su responsabilidad.

Rebus sic stantibus es una cláusula que se utiliza para afirmar que una norma será aplicable siempre que se mantengan las circunstancias para la situación que se dictó.
Requisitos básicos para rebus sic stantibus
La admisión de la revisión de las obligaciones contractuales por rebus sic stantibus debe basarse en una serie de premisas. No se trata de una medida que se pueda tomar o exigir de manera unilateral en cualquier supuesto.
Estos requisitos son:
- Las circunstancias originales en el momento en que se firmó el contrato se han visto alteradas de manera extraordinaria, cuando hay que cumplir la responsabilidad asumida.
- Se produjo una desproporción exorbitante e incalculable entre las prestaciones de ambas partes, que rompe el equilibrio preexistente.
- Las circunstancias que provocan esta situación no son posibles de prever.
Características de la cláusula
Según se han manifestado los diferentes tribunales, se trata de una cláusula peligrosa por lo que su admisión debe ser cautelosa. En este sentido, se hace referencia a la necesidad de acreditar esta alteración y su imposibilidad de previsión.
Uno de los objetivos que persigue es el restablecimiento de una relación de equidad entre las partes intervinientes en un contrato. Si el equilibrio existente se rompió por circunstancias ajenas, incontrolables, es posible realizar una modificación contractual que tienda a su regularización.
Esta compensación el equilibrio vendrá dada por las modificaciones. Pero no se trata de una figura pensada para extinguir o rescindir un contrato. Por otra parte, es fundamental que las alegaciones para su admisión sean concretas y precisas.
En lo que refiere a los tipos de contratos en los que puede aplicarse, se pone el énfasis en los contratos de larga duración. Las modificaciones por esta vía se aceptarán cuando no exista acuerdo entre las partes ni otra manera de resolver la situación generada.
Aplicación de la cláusula rebus sic stantibus
Años atrás la aplicación era mucho más estricta y limitada. Los conceptos ‘radical’, ‘exorbitante’, eran determinantes para no aceptar su admisión. Sin embargo, en los últimos años se ha flexibilizado con la justificación de la búsqueda de equidad de condiciones y sin abandonar los requisitos básicos.
En esta visión de las circunstancias y la aplicación de rebus sic stantibus, se detectan otras características generales que podrían ser factores válidos para su aplicación.
- La prestación o explotación de la sociedad o empresario que tenga la responsabilidad es una variable que puede determinar la aplicación. Esto sucede cuando se ha visto afectado por la onerosidad que surge de las nuevas circunstancias.
- Los resultados en la actividad económica o bases del contrato original son negativos debido a un cambio imprevisible y persistente en las circunstancias al momento del cumplimiento del contrato.
Todo lo que vemos implica que una crisis económica nacional que afecta a un sector puede ser entendida como justificante de la aplicación de la cláusula. Siempre que, debido a esta crisis, se alteren las condiciones originales de las partes que afecten al desarrollo de la relación.
Pandemia: una causa del aumento de la aplicación de rebus sic stantibus
Una pandemia, como es el caso del Covid-19, cumple con las características para justificar en muchos casos la aplicación de la cláusula. Es un hecho que irrumpió sin posibilidad de previsión y modificó todo el orden socioeconómico.
Como consecuencia, una gran cantidad de personas vieron afectadas sus circunstancias de manera desfavorable y se encontraron sin poder cumplir con las responsabilidades asumidas con anterioridad.
Los sectores más afectados invocan a rebus sic stantibus con el fin de modificar puntos de sus contratos para disminuir el desequilibrio. Algunas de las medidas que tienden a esta reestructuración contractual y que ejemplifican la cláusula pueden ser:
- Suspensión del pago de renta o alquiler de locales comerciales mientras se encuentre paralizada la actividad del sector.
- Disminución del precio de alquiler en un determinado porcentaje hasta que se restituya la economía.
Conclusión
Rebus sic statibus es una cláusula que tiende a restablecer un equilibrio económico entre las partes intervinientes en un contrato ante circunstancias extraordinarias.
Es fundamental que las causas estén fundamentadas alegando de manera concreta la relación de causa y efecto.
Si las circunstancias actuales se han alterado de manera radical y afectan de manera negativa al cumplimiento de las obligaciones asumidas contractualmente, es necesario consultar con un abogado especializado.
Este profesional experto hará un análisis del caso de manera personalizada para considerar la aplicación de la cláusula.