El atentado contra la vida de una persona, cometido por medio de sustancias que puedan producir la muerte con más o menos prontitud, se califica envenenamiento, sea cual fuere la manera de administrar o emplear esas sustancias, y cualesquiera que sean sus consecuencias
art 301 cp
- Código Penal Dominicano
- LIBRO TERCERO: De los crímenes y delitos y su castigo
- TÍTULO II: Crímenes y delitos contra los particulares
- Capítulo I: Crímenes y delitos contra las personas
- Sección 1ra.: Homicidio, asesinatos y otros crímenes capitales: amenazas de atentado contra las personas
- Párrafo I: Homicidio, asesinato, parricidio, infanticidio y envenenamiento
- Sección 1ra.: Homicidio, asesinatos y otros crímenes capitales: amenazas de atentado contra las personas
- Capítulo I: Crímenes y delitos contra las personas
- TÍTULO II: Crímenes y delitos contra los particulares
- LIBRO TERCERO: De los crímenes y delitos y su castigo