Despido procedente

Jurídicamente revisado por: Laura Palma Carpio
El despido procedente es un tipo de despido en el que el empresario extingue la relación laboral unilateralmente ajustándose a derecho y cumpliendo con las causas y requisitos legales. El concepto se utiliza en contraposición a los despidos improcedentes y nulos, que son los que no se ajustan a derecho.
Ideas clave
  • La procedencia de un despido se determina en sentencia judicial favorable al empleador tras impugnar el despido la persona trabajadora.
  • Un despido es procedente cuando se ha realizado de forma correcta y amparado por la ley.
  • Tras un despido procedente hay derecho a cobrar el paro siempre que se cumpla con los requisitos para acceder al subsidio.
  • Hay derecho a cobrar indemnización por despido procedente si el despido es objetivo o colectivo, pero no habrá indemnización si el despido es disciplinario.

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¿Qué es un despido procedente?

El despido procedente es aquel despido amparado por la ley. En consecuencia, cuando concurren los requisitos el empresario puede extinguir la relación laboral, sin más consecuencias que las que determine el Estatuto de los Trabajadores en cada caso.

Para ello deben seguirse los requisitos que exige esta norma, que incluyen:

Además, el empresario deberá entregar la carta de despido donde se expongan los motivos de su decisión y la fecha de efectos. La carta de despido es fundamental a la hora de impugnar el despido, pues el empresario deberá demostrar la realidad de su contenido para que se declare la procedencia de su decisión.

Por otro lado deberá entregar el finiquito y, en su caso, la indemnización por despido correspondiente.

Nada impide al empleado despedido acudir a la jurisdicción social para comprobar que se han cumplido estos requisitos. Será en la vía judicial donde se determine que realmente se trata de un despido procedente.

¿Cómo se determina la procedencia de un despido?

El despido procedente lo es por contraposición al despido improcedente o al despido nulo. De modo que quien determina la procedencia de un despido es un juez, en el seno de la impugnación de tal despido.

Esta situación se da cuando el trabajador acude a la sede judicial para impugnar un despido. Si el empresario demuestra que concurrió la causa legal para despedir al trabajador, el Juez dictaminará la procedencia de la decisión. El procedimiento a seguir está contenido en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Si en el proceso judicial de impugnación del despido el juez da la razón a la persona trabajadora, el despido en lugar de ser procedente será clasificado como improcedente o, en caso de especialidad gravedad, como nulo.

En este tipo de procesos no es necesario contar con la representación de un abogado, si bien es muy recomendable contar con el asesoramiento y representación de un abogado especialista en derecho laboral. De modo que se trata de una vía conveniente, siempre que se dude sobre si se trata realmente de un despido procedente.

Para impugnar el despido habrá que presentar papeleta de conciliación antes de acudir a la jurisdicción social en un plazo de 20 días hábiles desde la comunicación del despido. Hay que tener en cuenta que, en general, no se condena en costas en la jurisdicción social.

Efectos del despido procedente

El despido procedente despliega los efectos propios de la decisión extintiva. Por tanto, dará por concluida la relación laboral. Además, el empresario no tendrá que pagar salarios de tramitación.

¿Tiene derecho el trabajador a indemnización por despido procedente?

Respecto a la indemnización, el despido procedente solo debe ser indemnizado cuando se trate de un despido objetivo o colectivo. En ambos casos el trabajador tendrá derecho a una indemnización equivalente a 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.

En caso de despido disciplinario declarado procedente el trabajador no tendrá derecho a cobrar indemnización por despido.

También tendrá derecho, como no podría ser de otro modo, al abono del finiquito. Este incluye salarios, horas extraordinarias, vacaciones y otros conceptos debidos por la empresa.

¿Hay derecho al paro tras un despido procedente?

En cualquier caso, el trabajador objeto de un despido procedente queda en situación legal de desempleo.

Esto le da derecho a acceder al paro, siempre que cuente con la carrera de cotización exigida. Actualmente hay que cotizar al menos un año para acceder a la prestación por desempleo.

A pesar de estar ante un despido procedente, el trabajador queda en situación legal de desempleo. Esto le da derecho a acceder al paro siempre que cuente con la cotización exigida, al menos un año, y esté inscrito como demandante de empleo.

Kenari Orbe, abogado y director de Kenari Orbe Abogados

¿Hay derecho a reingresar en el puesto de trabajo tras un despido procedente?

En la medida en que el despido procedente está ajustado a derecho, en principio no se puede reingresar en el puesto de trabajo. Esto no impide al empresario retractarse del despido durante el período de preaviso, en su caso.

Los despidos objetivos deben preavisarse con un plazo de 15 días. Durante este período el trabajador tiene derecho a una licencia de 6 horas semanales remuneradas para buscar trabajo.

A su vez, el empresario puede retractarse, lo que anularía el despido, de modo que la extinción laboral no llegaría a producirse.

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Revisado por expertos
Laura Palma Carpio
Laura Palma Carpio
Abogada especialista en derecho laboral
21 años colegiada
Colegio de Abogados de Madrid (nº 71.252)

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