La demanda contencioso-administrativa es un proceso judicial que se emplea para impugnar las acciones u omisiones de la Administración Pública. Mediante este recurso, una persona o entidad que considere que sus derechos han sido vulnerados por una disposición o actuación de la Administración, podrá impugnarla. Lo anterior, siempre teniendo en cuenta que la vía administrativa se haya agotado.
A diferencia de otros tipos de demandas, en esta no se abordan los litigios entre particulares, sino de conflictos en los que está involucrada la Administración Pública.
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Consultar abogadoEsta figura se considera como el mecanismo ordinario previsto por la Constitución Española para ejercer control judicial a las actuaciones de las entidades administrativas. Lo que implica la sujeción de toda la gestión pública a la legalidad.
A su vez, se utiliza para revisar y controlar los actos administrativos que puedan considerarse ilegales o contrarios a la ley. Esto incluye resoluciones administrativas, sanciones, licencias denegadas y expropiaciones, entre otros.
Partes de una demanda contencioso-administrativa
De conformidad con el artículo 56 de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, este tipo de demanda deberá incorporar los siguientes puntos:
- Hechos: relación detallada de los eventos y circunstancias que son la base de la impugnación del acto administrativo. Los hechos permiten al juzgado comprender la situación que motiva la demanda. Su descripción debe ser objetiva y precisa, proporcionando el contexto necesario para entender el caso.
- Fundamentos de derecho: argumentos legales en los que se basa la impugnación del acto administrativo. Aquí se presenta una explicación detallada de cómo el acto administrativo contraviene la normativa legal. Esto implica citar las leyes, reglamentos, jurisprudencia y demás elementos normativos que respaldan los argumentos.
- Pretensiones: son las solicitudes específicas que se le presentan a la sala en la demanda. En esta sección se define lo que se busca obtener como resultado del recurso contencioso-administrativo. Las pretensiones deben ir en línea con los argumentos presentados en los fundamentos de derecho.
Estos tres elementos construyen la narrativa legal de la demanda contencioso-administrativa. La manera en que se estructuran y redactan resulta fundamental para presentar un caso sólido y convincente ante el tribunal.
Trámite para poner en marcha una demanda contencioso-administrativo
El procedimiento para interponer una demanda contencioso-administrativa se lleva a cabo de la siguiente manera:
- Presentación de la demanda: se iniciará con la citación por escrito de la actuación u omisión que se impugne. El escrito debe estar soportado por la documentación requerida de acuerdo con el caso.
- Estimación de la validez: el juez evaluará el contenido del escrito y la documentación anexada.
- Inicio del recurso de lesividad: este tiene como finalidad corregir situaciones en las que la Administración haya efectuado actos contrarios a la ley.
- Anuncio de la interposición mediante publicación: a partir de la cual el juez otorga 15 días para que comparezcan aquellos que puedan estar conformes con el acto impugnado.
- Solicitud del expediente: al organismo actor de la disposición impugnada.
- Formulación de alegaciones: por parte de los implicados.
- Admisión o inadmisión de la demanda: por parte del juzgado.
- Contestación de la demanda: por parte de la Administración demandada.
- Fallo: la sala resolverá lo que considere oportuno en un plazo de 3 días.
Resoluciones a la demanda contencioso-administrativa
Los siguientes son los posibles fallos que podrían surgir en respuesta a una demanda contencioso-administrativa:
- Inadmisibilidad de la demanda: el tribunal rechaza o no admite el recurso, ya que no lo considera válido por motivos legales o procedimentales.
- Estimación de la demanda: el juez estima que los argumentos presentados por el demandante están fundados y que el acto administrativo impugnado es incorrecto o ilegal. Esta decisión a favor del demandante implica que el tribunal está de acuerdo con las pretensiones presentadas en la demanda.
- Desestimación de la demanda: al no encontrar contundencia en los argumentos presentados por el demandante para impugnar el acto administrativo, la sala confirma la validez de este. La desestimación implica que el juzgado rechaza las pretensiones del demandante y mantiene el acto en cuestión.
- Desistimiento por parte del demandante o de la Administración demandada: la sala, después de escuchar a las partes, ordenará archivar el caso, devolverá el expediente y sentenciará la terminación del proceso. Igualmente, podría no aceptar el desistimiento y rechazarlo en pro del interés común.
- Acuerdo de las partes antes de la sentencia: en este caso, el tribunal podrá declarar terminado el proceso o seguir con el litigio, si lo considera pertinente.
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