Los delitos contra la Administración Pública están constituidos por conductas irregulares que pueden tener personas que ostenten cargos públicos y posiciones de autoridad. Se trata de delitos especiales y el bien jurídico que se protege al tipificar estos delitos es la Administración Pública.
La Administración Pública es una entidad global que existe, entre otras funciones, para servir y proteger a los intereses de la población en general y funciona bajo los preceptos del derecho y de las leyes. Se rige por normas de funcionamiento que deben garantizar su eficiencia.
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Consultar abogado¿Cuáles son los delitos contra la Administración Pública?
El Código Penal español, en sus artículos 404 a 445, establece cuáles son los delitos contra la administración pública.
- Prevaricación (artículos 404 a 406 del CP).
- Abandono de destino y omisión del deber de perseguir delitos (artículos 407 a 409 del CP).
- Desobediencia y denegación de auxilio (artículos 410 a 412 del CP).
- Infidelidad en la custodia de documentos y violación de secretos (artículos 413 a 418 del CP).
- Cohecho (artículos 419 a 427 bis del CP).
- Tráfico de influencias (artículos 428 a 431 del CP).
- Malversación (artículos 432 a 435 bis del CP).
- Fraudes y exacciones ilegales (artículos 436 a 438 bis del CP).
- Negociaciones y actividades prohibidas a funcionarios públicos y abusos en el ejercicio de su función (artículos 439 a 444 del CP).
Delito de prevaricación
Se produce cuando un funcionario público o una autoridad dicta una medida o decisión administrativa injustificada a sabiendas de que la misma es injusta.
Este delito está regulado en el artículo 404 del Código Penal y se pena con inhabilitación del cargo o empleo público y prohibición de ejercer el sufragio pasivo durante períodos que pueden ir de 9 a 15 años.
Quedan excluidos comportamientos que se consideren de menor gravedad y que se atribuyeron a ignorancia, error o negligencia. En ese caso el funcionario será objeto de una sanción disciplinaria.
Delito de abandono de destino
Se trata de que un funcionario abandone su posición o destino para no cumplir con la persecución o prevención de ciertos delitos. En esos casos se le castigará con inhabilitación para ejercer cargo o empleo público por un período que va de 1 a 3 años.
Existen algunos tipos de delitos específicos que los funcionarios públicos están en la obligación de perseguir y de no hacerlo estarían incurriendo clara y gravemente en el delito de abandono de destino y recibirán pena de prisión de entre 1 y 4 años y de inhabilitación para el ejercicio de cargo o empleo público por períodos de entre 6 a 10 años. Estos delitos son:
- Delitos contra la comunidad internacional.
- Delitos contra el orden público.
- Delitos relacionados con la defensa nacional.
- Delitos contra la Constitución.
- Delitos contra la paz, de traición o de la independencia del Estado.
En el caso de que el funcionario abandone su destino para no ejecutar una pena que corresponde a un delito y que ha sido impuesta por la autoridad judicial competente, el funcionario recibirá la pena correspondiente al delito en cuestión.
Delito de desobediencia
Esto ocurre cuando un funcionario público se niega a cumplir alguna orden, resolución o decisión judicial que haya sido dictada por la autoridad competente.
Se le castigará con inhabilitación para ejercer cargo o empleo público durante periodos que pueden ir de 6 meses a 2 años, y con multa de entre 3 y 12 meses. En caso de reincidencia en este delito el funcionario recibirá inhabilitación para ejercer cargo o empleo público por un tiempo que puede ir de 1 a 3 años y multa de entre 12 a 24 meses.
Delito de denegación de auxilio
Este delito tiene diversas versiones:
- Cuando el auxilio le es requerido al funcionario por la autoridad competente para administrar justicia o algún otro servicio público.
- Cuando quien no presta el auxilio es la figura de autoridad o responsable jefe de una fuerza pública.
- Cuando quien solicita el auxilio es un particular.
- Cuando no se presta el auxilio frente a un delito contra la salud, la integridad, la libertad o la libertad sexual de las personas.
- Cuando el auxilio es requerido para evitar cualquier otro tipo de delito.
Todas estas situaciones son punibles y el funcionario será castigado con inhabilitación para ejercer cargo o empleo público por períodos que van desde los 6 meses hasta los 6 años, y multas de entre 3 a 24 meses, dependiendo de la versión del delito que se haya cometido.
Delito de infidelidad por la custodia de documentos
Tiene lugar cuando un funcionario público que está en la obligación de resguardar y proteger algún documento lo daña, inutiliza, oculta o sustrae de forma intencional y consciente.
La pena por este delito es inhabilitación para ejercer cargo o empleo público por períodos que van desde 3 a 6 años, además de prisión de 1 a 4 años y multa de entre 7 a 24 meses.
También es un delito y por tanto está penado el que un funcionario dé acceso a documentos secretos a personas que no están autorizadas para tenerlo. En ese caso la inhabilitación es de 1 a 3 años y la multa de 6 a 12 meses.
Delito de violación de secretos
Esto se produce cuando un funcionario revela información que solo él debe conocer por el cargo que ocupa.
La sanción para este delito es una multa que va de 12 a 18 meses e inhabilitación para ejercer cargo o empleo público por un período de entre 1 y 3 años. Si el haber revelado esa información causa daños graves a un tercero o a una causa pública la pena será de prisión de 1 a 3 años, e inhabilitación de 3 a 5 años.
Cuando los secretos que se hayan revelado pertenecen a un particular, la pena será de prisión de entre 2 y 4 años, multa de entre 12 y 18 meses e inhabilitación para ejercer cargo o empleo público por un lapso de 1 a 3 años.
Delito de cohecho
Se trata de un delito grave en el que participan conjuntamente un particular y un funcionario y ocurre cuando el funcionario recibe un soborno, es decir el particular entrega dinero o una dádiva al funcionario para recibir de él un favor o contraprestación que él puede otorgar por encontrarse en la posición o cargo en el que está.
Este delito es penado con prisión, multa y privación de otros derechos.
Tráfico de influencias
Se castigará con pena de prisión, inhabilitación y multa.
Malversación de caudales públicos
Está penado con prisión, inhabilitación para cargos públicos y para ejercer el sufragio pasivo, incrementándose los períodos de privación de libertad y de inhabilitaciones de acuerdo a los montos que se hayan malversado.
Fraudes y exacciones ilegales
Se castigan con inhabilitaciones, multas y prisión, esta última tanto para el funcionario como para el particular que haya participado.
Abuso en el ejercicio de sus funciones y participación en negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios públicos
Lo que acarrea prisión e inhabilitaciones para cargos públicos y para el sufragio pasivo.
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