Delito flagrante

El delito flagrante es aquel que está claro que se ha cometido, es decir, que no cabe duda de que haya que considerar la culpabilidad de un hecho.

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¿Dónde se regula el delito flagrante?

La Ley de Enjuiciamiento Criminal es la que recoge el concepto de delito flagrante. Concretamente, las cuestiones referentes a este tipo de delito se ubican en su Libro IV (de los procedimientos especiales), Título III (del procedimiento para el enjuiciamiento rápido de determinados delitos), Capítulo I (ámbito de aplicación).

(...) se considerará delito flagrante el que se estuviese cometiendo o se acabare de cometer cuando el delincuente sea sorprendido en el acto. Se entenderá sorprendido en el acto no sólo al delincuente que fuere detenido en el momento de estar cometiendo el delito, sino también al detenido o perseguido inmediatamente después de cometerlo, si la persecución durare o no se suspendiere mientras el delincuente no se ponga fuera del inmediato alcance de los que le persiguen. También se considerará delincuente in fraganti aquel a quien se sorprendiere inmediatamente después de cometido un delito con efectos, instrumentos o vestigios que permitan presumir su participación en él.

Artículo 795.1.1 de la LECrim

Además, los artículos 490 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal son los que se utilizan en Derecho Procesal y Penal para determinar cómo tratar cada caso de delito flagrante.

¿Qué se entiende por delito flagrante?

Según la Real Academia Española, un delito flagrante es aquel "que se comete cuando el delincuente es sorprendido en el momento de cometer la infracción. Se produce no solo cuando el delincuente es detenido en el momento de cometer el delito, sino también cuando es detenido o perseguido inmediatamente después de consumado este, si la persecución no se suspendiere mientras el autor no se pusiera fuera del alcance de los perseguidores. También es flagrante la infracción cuando se sorprende al delincuente inmediatamente después del hecho con efectos o instrumentos que infunden la sospecha vehemente de su participación en ella."

¿Cuál ha sido la postura de la jurisprudencia frente al concepto de delito flagrante?

Según determinó el Tribunal Constitucional en la Sentencia 341/1993, de 18 de noviembre, un delito flagrante es "una situación fáctica en la que el delincuente es sorprendido -visto directamente o percibido de otro modo- en el momento de delinquir o en circunstancias inmediatas a la perpetración del delito."

Por otra parte, el Tribunal Supremo lo definió en la Sentencia de 12 de septiembre de 2001 como "un delito que encierra en sí la prueba de su realización, por lo que la flagrancia es la percepción sensorial directa del hecho delictivo, de manera que la flagrancia se ve, se observa, no se demuestra y aparece vinculada a la prueba directa y no a la indirecta, circunstancial o indiciaria."

En suma, cabe destacar que lo que prima es la presencia de una percepción sensorial directa del hecho delictivo. Siempre que haya evidencia de la existencia de un delito, sin necesidad de emprender previamente una investigación, se podrá hablar del carácter flagrante de un acto ilícito.

Es importante remarcar que dicha percepción sensorial ha de basarse en una situación fáctica y no en sospechas o dudas interpretativas de algún hecho.

¿Cómo se actúa ante un delito flagrante?

En el Derecho Procesal de España, concretamente en el artículo 490 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se dice que el delito flagrante habilita la detención no solo de quien está cometiendo un delito, sino también respecto al que intente cometerlo “en el momento de ir a cometerlo”.

Teniendo ello en cuenta, se llega a la conclusión de que se hace una distinción en función de quien sea la persona que se encuentre con alguien que esté cometiendo un delito “in fraganti”.

  • Si se trata de un particular, éste podrá detener al infractor del delito flagrante.
  • Si se tratara de un policía, éste tendrá la obligación de detener a dicho infractor.

Atendiendo al derecho comparado, es interesante apuntar que en otros países europeos, como Alemania, Francia o Italia, no es suficiente con sorprender “in fraganti” al delincuente, pues se exige también que exista cierto nivel en cuanto a la gravedad del hecho.

¿Cuál es el fundamento de un delito flagrante?

Las razones por las que la legislación española establece medidas cautelares ante un delito flagrante, son:

  1. Asegurar que un presunto autor de un delito sea puesto a disposición judicial.
  2. Evitar que un posible delincuente huya, logrando con ello el bien de la sociedad y el fin de la reiteración de la reiteración del hecho ilícito en cuestión.

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