La cooperativa de viviendas es una asociación de personas con una necesidad común y sin ánimo de lucro. Esta entidad tiene la finalidad de ingresar al mercado de viviendas con condiciones adecuadas a las posibilidades de sus integrantes.
La figura del promotor es ejercida por los propios socios que consiguen vivienda con precios más bajos y la calidad deseada.

La cooperativa de viviendas es una asociación sin ánimo de lucro que tiene como finalidad construir y promocionar inmuebles al precio más bajo y de buena calidad.
Características de una cooperativa de viviendas
Los principales rasgos que caracterizan una cooperativa de viviendas son:
- Participación: los socios tienen el derecho de ocupar y elegir los órganos rectores mediante el voto.
- Democracia: cada uno de los cooperativistas integrantes tiene voto y para el correcto funcionamiento de la entidad las decisiones se adoptan por mayoría.
- Calidad: son los socios quienes se ocupan del desarrollo de las viviendas por lo que tienen la oportunidad de seleccionar la mejor calidad.
- Precio: como se trata de asociaciones sin ánimo de lucro, la promoción es siempre al precio de coste.
- Planes accesibles: los planes de pagos se adaptan a las posibilidades económicas de los socios mientras se mantenga la viabilidad de la promoción.
- Transparencia: los integrantes de la cooperativa de viviendas poseen el derecho de participación desde el momento en que se convierten en socios.
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Consultar abogado¿Quiénes pueden ser socios de una cooperativa de viviendas?
En principio, cualquier ciudadano interesado en conformar una cooperativa de viviendas y que disponga de la suficiente capacidad financiera y económica podría convertirse en socio. Ellos serán los responsables del financiamiento que se requiera y de gestionar cada fase.
Habitualmente se inicia la cooperativa con los socios fundadores, que pueden agruparse voluntariamente o ser convocados por una gestora. A continuación, es posible sumar otros cooperativistas que se interesen por el proyecto, tengan el conocimiento sobre los modos de funcionar y se comprometan con su participación activa.
Requisitos para formar una cooperativa de viviendas
La regulación viene dada por la Ley Estatal de Cooperativas y por las normas de cada Comunidad Autónoma en esta materia. A nivel general, los requisitos que se deben cumplir son:
- Obtener el certificado de denominación no coincidente.
- Realizar la Asamblea Constituyente. En esta se elegirán mediante el voto los órganos rectores, se redactarán los Estatutos, el fin de la cooperativa y se establecerán cuáles son las aportaciones de sus socios.
- Solicitar el Código de Identificación Fiscal. A las sociedades cooperativas corresponde la letra F.
- Los socios deben desembolsar el capital inicial expresado en el acta de constitución.
- Constituir todo lo establecido en la Asamblea en una escritura pública.
- Pagar las tasas correspondientes al Impuesto de Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados.
- Proceder a la inscripción de la entidad en el Registro de Cooperativas.
Órganos de gobierno
Las cooperativas de viviendas tienen:
- Asamblea General: los socios se reúnen para discutir y tomar decisiones mediante el voto de la mayoría en los temas para los cuales se llame a asamblea. Siempre se basarán en los estatutos y lo decidido tiene carácter obligatorio para todos.
- Consejo Rector: son los responsables de gestionar y representar a la Cooperativa de Viviendas bajo el mandato de los estatutos. Puede contar entre 3 y 15 integrantes.
Funcionamiento
Una vez constituida y registrada la cooperativa de viviendas, es el momento de comenzar a trabajar para cumplir con la voluntad de esta. Los socios buscan el suelo sobre el cual se desarrollará a continuación su proyecto.
Se solicitan y comparan presupuestos para realizar la contratación del proyecto y se solicita la licencia de obra. En este momento se valida si cuentan con los socios suficientes para las viviendas que se construirán o si es necesario sumar personas a la cooperativa.
El siguiente paso es hacer el pedido del préstamo para la construcción. Ya con el capital suficiente se procede a la construcción y entrega de las viviendas a cada socio. En algunos casos es posible que otras personas que no son socios, pero sí están inscriptos accedan a estas viviendas.
Promoción
Uno de los puntos que marcan la diferencia de las cooperativas de viviendas es la promoción. Son los propios socios quienes cumplen con esta función por lo que surgen diferentes beneficios:
- Económico: al eludir la figura de un gestor los costes disminuyen. Al no perseguir una ganancia, todo el capital es utilizado para el proyecto logrando precios más bajos en la adquisición de la vivienda.
- Personalización: no existe una estandarización pactada por un tercero, sino que son los propios cooperativistas quienes seleccionan el diseño, dándoles la oportunidad de una mayor personalización.
- Organización: todo el proceso es responsabilidad de los integrantes de la cooperativa, por lo que solo depende de ellos el avance de la obra.
Gestora de cooperativas
La mayoría de las cooperativas de viviendas cuentan con el asesoramiento de una gestora. Se trata de profesionales que pueden guiar la gestión de la entidad de una manera integral cuando los socios no disponen de los conocimientos jurídicos, técnicos y administrativos.
Las gestoras se ocupan básicamente de:
- Atraer nuevos socios con el perfil adecuado para la cooperativa.
- Realizar los trámites necesarios para las escrituras, contratos o convenios con otras entidades, etc.
- Gestionan los créditos y llevan adelante la administración de cuentas, socios y promoción.
- Seguimiento y control de entregas de viviendas, precios, plazos, etc.
Conclusión
Las cooperativas de viviendas se asocian sin ningún ánimo de lucro con el fin de construir y promocionar inmuebles al precio más bajo y de buena calidad.
Legalmente están reguladas por la Ley Estatal de Cooperativas y por las leyes autonómicas de cada comunidad. Los socios son los más importantes y quienes cumplen el rol central. Todas las decisiones son tomadas por ellos de manera democrática y participativa.
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