Contrato de ejecución de obra

Un contrato de ejecución de obra es un acuerdo que se establece de manera voluntaria entre las dos partes, de cara a un proyecto de construcción, remodelación, ampliación o mejoras de una edificación.

Contrato de ejecución de obra

El contrato de ejecución de obra ha de contener una serie de datos básicos relativos a la construcción

En ese documento se establecen las especificaciones del trabajo a realizar, las condiciones en las que el mismo se efectuará, se dejan claro las obligaciones de cada una de las partes y la remuneración que recibirá el ejecutor de la obra.

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Características de un contrato de ejecución de obra

Los contratos de ejecución de obra se caracterizan por ser:

  • Contratos voluntarios, en los cuales una parte se compromete a realizar una actividad y la otra parte entregará a cambio una remuneración.
  • Contratos consensuales, ya que se establecen con el consentimiento de ambas partes.
  • Contratos bilaterales, donde se establecen derechos y obligaciones para ambas partes.
  • Contratos que se ejecutan a lo largo de un período, y no se refieren a una actividad sino a la entrega de un resultado.

Contenido de un contrato de ejecución de obra

Los datos básicos que debe contener un contrato de ejecución de obra son:

  1. Identificación completa de ambas partes, indicando la posición o cargo que ocupan y sus domicilios.
  2. Lugar donde se ejecutará la obra y una descripción del mismo.
  3. Nombre y descripción del proyecto.
  4. Presupuesto para la ejecución de la obra, indicando además la manera como se harán los desembolsos: cantidades y momentos en que se entregarán, y a qué condiciones estarán sujetas estas entregas.
  5. El tiempo en el que se entregará la obra, especificando si se trata de días hábiles o días naturales. Se debe indicar la fecha de inicio de la obra y la de finalización. Se establecerá cuáles serán las penalizaciones que se aplicarán por retraso en la entrega de la obra.
  6. Las responsabilidades a las que se someten las partes durante el tiempo que dura la ejecución de la obra.
  7. Las condiciones laborales en las que se ejecutará la obra: días hábiles, horarios, duración diaria de las actividades, entre otras.
  8. Motivos por los cuales se pudiera poner fin al contrato y en qué términos
  9. La jurisdicción a la que se somete el contrato.

Además de esos datos básicos, un contrato de ejecución de obra puede contener todos los detalles que las partes consideren necesarios para dejar claros. Además de lo relativo a la obra y las obligaciones y derechos de cada parte, los riesgos o situaciones especiales que pudieran presentarse y la manera cómo deberán resolverse las mismas.

Tipos de contrato de ejecución de obra

  • Contratos privados de construcción de viviendas, son contratos entre particulares que no tienen ningún interés o participación pública. Estos están regulados por la Ley de Ordenación de la Edificación (Ley 38/1999, de fecha 5 de noviembre) y por el Código Civil. Esta regulación que establecen estas leyes es importante, ya que independientemente de lo que diga el contrato entre las partes, esa relación está caracterizada ya por una serie de obligaciones y responsabilidades que establece la ley. Las leyes también definen garantías para que la obra se desarrolle adecuadamente.
  • Contratos de obra pública, son acuerdos en los que participan organismos públicos para desarrollar obras que son de interés público y de uso de la colectividad. Los contratos los otorga la administración de la jurisdicción en la que se encuentre la obra. El desarrollo de estas obras está regulado por leyes especiales administrativas, que otorgan ciertos privilegios por encima de las regulaciones que existen para los particulares.
  • Contratos llave en mano, son contratos que incluyen todos los servicios en un paquete desde el diseño de la obra, la tramitación de las licencias y permisos necesarios, y la dirección y ejecución de la obra. Todo queda en manos de la contratista, por lo que se considera que la misma asume mayores riesgos y por tanto en general la remuneración que recibe una empresa que recibe un contrato llave en mano es mayor que la que reciben por otro tipo de contratos.
  • Contratos de construcción por obra, se otorga un contrato por cada obra que vaya a ejecutarse, aunque puedan estarse realizando varias obras en el mismo espacio. Es una forma de dividir una obra en varios contratos.
  • Contratos de construcción por obra ejecutada, en este tipo de contrato se establece que se pagará al trabajador una vez que concluya su trabajo, es decir cuando haya finalizado la obra.
  • Contratos de construcción todo pagado, son contratos en los que se establece que el contratista pagará todo desde los materiales hasta la mano de obra. Se acordará cómo se harán los pagos. Puede darse un adelanto al inicio de la obra y hacer luego varios pagos sucesivos hasta finalizar la obra.
  • Contratos de construcción por jornada, establecen que el trabajador recibirá su pago al finalizar cada jornada de trabajo. En este tipo de contrato es importante establecer la fecha prevista para que la obra esté concluida.
  • Contratos de construcción de suma alzada, muy usados en el campo de la construcción, en este tipo de acuerdos se establece un valor total al final de la obra.
  • Contratos de suministro de materiales de construcción, en este tipo de contratos, la empresa contratista además de ejecutar la obra está obligada a suministrar los materiales de acuerdo a la calidad exigida en el contrato. Este tipo de acuerdo está descrito en el artículo 1588 del Código Civil.

Las partes de un contrato de ejecución de obra

Las partes de un contrato de ejecución de obra pueden ser tanto una persona física como una persona jurídica.

Por un lado, está la parte que encarga la obra y pagará la remuneración. Esta parte se conoce con el nombre de Comitente. Generalmente, la obra se lleva a cabo de acuerdo a un proyecto previamente desarrollado por el comitente. En los contratos llave en mano el desarrollo del proyecto también puede incluirse en el contrato.

Por el otro lado, está la persona o empresa que ejecutará la obra, y que se conoce con el nombre de Contratista. La parte contratista será la responsable de proveer los materiales, herramientas, equipos y personal para el desarrollo de la obra, tal como lo establezca el contrato de ejecución de obra.

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