Un contrato a tiempo parcial es un acuerdo de trabajo que se establece entre el trabajador y el empleador en el cual se determina que el trabajador prestará sus servicios a la empresa por un tiempo inferior a las 40 horas semanales, que son consideradas la jornada a tiempo completo.
El Estatuto de los Trabajadores (ET), en su artículo 12, regula todos los aspectos claves de un contrato de trabajo a tiempo parcial:
1. El contrato de trabajo se entenderá celebrado a tiempo parcial cuando se haya acordado la prestación de servicios durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año, inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable.
A efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, se entenderá por «trabajador a tiempo completo comparable» a un trabajador a tiempo completo de la misma empresa y centro de trabajo, con el mismo tipo de contrato de trabajo y que realice un trabajo idéntico o similar. Si en la empresa no hubiera ningún trabajador comparable a tiempo completo, se considerará la jornada a tiempo completo prevista en el convenio colectivo de aplicación o, en su defecto, la jornada máxima legal.
Características de los contratos a tiempo parcial
En general, en un contrato a tiempo parcial se establecen entre ambas partes derechos y obligaciones muy similares a las que se establecen en un contrato a jornada completa. Pero existen algunas características especiales:
- No se permite que el trabajador haga horas extras, salvo en caso de una emergencia.
- Está permitido que el trabajador haga horas complementarias, siempre que estas se hayan pactado en el contrato.
- Puede convertirse en contrato a tiempo completo si el trabajador está de acuerdo.
- En general, es compatible con los derechos de disfrute del paro y de jubilación parcial.
¿Buscas abogado especialista en contratos de trabajo?
Te ayudamos a encontrar abogado laboralista de confianza en tu zona. Tenemos una amplia red de abogados colaboradores en toda España.
Buscar abogado laboralistaEscoge en qué zona de España quieres buscar abogado:
Consultar abogadoTipos de contrato a tiempo parcial
Se podrían distinguir dos tipos:
- Contrato indefinido a tiempo parcial.
- Contrato con duración determinada a tiempo parcial.
2. El contrato a tiempo parcial podrá concertarse por tiempo indefinido o por duración determinada en los supuestos en los que legalmente se permita la utilización de esta modalidad de contratación.
Artículo 12.2 del Estatuto de los Trabajadores
Contrato indefinido a tiempo parcial
Se trata de un contrato en el que se establece que un trabajador trabajará un determinado número de horas a la semana durante un tiempo no determinado, es decir, el contrato no tiene fecha de terminación.
Puede ser por ejemplo que el trabajador trabaje media jornada, es decir en una jornada diaria de 4 horas, en una empresa estable que requiere los servicios de ese trabajador de manera permanente, pero en un horario reducido.
Contrato a tiempo parcial con duración determinada
Se trata de un contrato en el que se establece que un trabajador trabaja durante un determinado número de horas a la semana por un tiempo definido, es decir, el contrato tiene fecha de terminación.
Esta modalidad se da en proyectos u otras actividades que van a tener una duración definida en el tiempo, o en empleos estacionales. Puede tratarse entonces por ejemplo de un contrato por 3, 6, u otra cantidad de meses, de acuerdo a las necesidades del proyecto.
¿Qué debe contener un contrato a tiempo parcial?
El contenido de un contrato a tiempo parcial debe incluir:
- La identificación del contratante y del contratado.
- El tiempo de duración del contrato.
- El número de horas que el contratado trabajará y cómo se distribuirá la jornada. Si esto no se aclara se supondrá que se trata de un contrato a jornada completa.
- Puede establecerse la modalidad que se desee, es decir que pueden trabajarse las horas pautadas de manera continuada en el día, puede trabajarse un par de horas en la mañana y un par de horas en la tarde. Todo dependerá de la necesidad de la empresa debe quedar claramente expresada en el contrato.
- Una cláusula de acuerdo de horas complementarias, en caso de ser necesarias.
- La remuneración acordada.
El contrato deberá contener además toda la información que forma parte de un contrato de trabajo normal: lugar donde se desarrollará el trabajo, régimen de vacaciones que se aplicará, consideraciones sobre periodo de prueba, revisiones médicas, contrato colectivo al que está suscrito, entre otras.
El contrato deberá presentarse por escrito al trabajador para su firma, y deberá comunicarse el contrato al Servicio Público de Empleo en un periodo de tiempo de 10 días después de que se firme. Esto deberá hacerse cada vez que se firme una prórroga, en los casos de contrato por tiempo determinado.
Se debe entregar copia del contrato firmado al trabajador o su representante legal en un periodo también de 10 días después de la firma.
Las horas complementarias
El trabajador a tiempo parcial no puede hacer horas extras, salvo que se trate de una situación de emergencia, pero sí puede hacer lo que se denomina horas complementarias, aunque estas deberán estar pactadas expresamente de antemano en el contrato de trabajo.
Existen dos tipos de horas complementarias:
- Obligatorias, que son las que están pactadas en el contrato. El empleador podrá exigir el cumplimiento de estas horas, pero debe solicitarle al trabajador su ejecución con 3 días de anticipación, indicando el horario y lugar en el que las mismas deberán ser cumplidas.
- Voluntarias, solo pueden incluirse en contratos a tiempo parcial a tiempo indefinido. En este caso, es el trabajador quien solicita ejecutarlas, porque considera que son necesarias debido al volumen de trabajo que está manejando.
El número de horas complementarias obligatorias que se establezcan para el trabajador a tiempo parcial no puede ser superior al 30% del número de horas totales de su contrato. Y el número de horas complementarias voluntarias no puede ser superior al 15% del número de horas ordinarias de su contrato.
Es decir, si un trabajador tiene un contrato para trabajar 20 horas semanales, las horas complementarias obligatorias no pueden ser más de 6 semanales. No podrá tampoco hacer más de 3 horas complementarias voluntarias.
Para el funcionamiento adecuado de acuerdos de trabajo a tiempo parcial, es muy importante que las empresas cuenten con sistemas eficientes de registro de jornada de trabajo, que permiten llevar un control riguroso de las horas trabajadas, y evitan que ocurran excesos que pueden generar situaciones de conflicto laboral.
Razones para establecer contratos a tiempo parcial
Las empresas suelen emplear contratos a jornada parcial cuando al analizar las tareas se decide que existe la necesidad de un recurso, pero que la carga de trabajo no es suficiente para que esa persona esté presente en la empresa durante 8 horas diariamente.
Esto permite a los empresarios y empleadores reducir costes, y conseguir un proceso de selección más rápido, ya que la búsqueda se centra en tener la persona con las habilidades necesarias, sin consideraciones adicionales sobre su adaptabilidad a la cultura de la empresa o su potencial de desarrollo.
Por una parte, este tipo de contratación ofrece flexibilidad, pero puede aumentar la rotación de personal y dificultar la integración de los equipos de trabajo.
Para el trabajador, este tipo de contrato le ofrece un horario flexible que le permite realizar otras actividades, tales como estudiar. Le permite además recibir beneficios sociales tales como el paro o una jubilación parcial simultáneamente a estar trabajando en jornada parcial.
La remuneración es menor a la que recibe un trabajador de jornada completa, y el trabajador tiene limitaciones para desarrollarse y ascender dentro de la empresa.
¿Buscas abogado especialista en derecho laboral?
Te ayudamos a encontrar abogado laboralista de confianza en tu zona. Tenemos una amplia red de abogados colaboradores en toda España.
Buscar abogado laboralistaEscoge en qué zona de España quieres buscar abogado:
Consultar abogado