Sí, se puede desheredar a un hijo si se da alguno de los supuestos previstos en el artículo 853 del Código Civil. Es decir:
- Los casos de los números 2, 3 5 y 6 del artículo 756 del Código Civil.
- Haber negado, sin motivo legítimo, los alimentos al padre que le deshereda.
- Haberle maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra.
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