¿Qué ocurre si un heredero no acepta ni rechaza la herencia?

Jurídicamente revisado por: Francisco Domínguez-Salavarría Rufino

Cuando un heredero no se pronuncia, cualquier interesado puede instarle a que lo haga mediante requerimiento notarial, en el que se le dará un plazo de 30 días naturales para aceptar la herencia (de forma pura o simple o a beneficio de inventario) o repudiarla. En el propio requerimiento se le advertirá de que, si no contesta, se entenderá que acepta pura y simplemente, lo que supone que responde de las posibles deudas incluso con su propio patrimonio.

También es posible avanzar en el reparto sin intervención del heredero que no acepta ni rechaza la herencia mediante el nombramiento de contador-partidor dativo o la división judicial de la herencia, sin necesidad de recurrir a la interpelación notarial.

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Revisado por expertos
Fernando Domínguez-Salavarría Rufino
  • Francisco Domínguez-Salavarría Rufino
  • Abogado especialista en herencias
  • 31 años en ejercicio
  • Colegio de Abogados de Santa Cruz de Tenerife (nº 2.521)
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