¿Qué impuestos se pagan en los expedientes de dominio?
Los expedientes de dominio tributan por el impuesto de transmisiones patrimoniales, pero con matices:
- Solo tributan por este impuesto si la finalidad del expediente de dominio es la inmatriculación de fincas o la reanudación del tracto sucesivo registral. Si se trata de una corrección de cabida de una finca, no tributa, porque no hay transmisión de propiedad.
- Si la transmisión en que se funda el expediente de dominio ya ha tributado por el impuesto correspondiente, o bien estaba exenta o no sujeta, tampoco tributará en el momento del expediente de dominio.
- Si la transmisión no tributó por haber prescrito la exigencia del impuesto, sí tributará al tramitar el expediente de dominio.
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- José Luis Pardeiro
- Abogado experto en expedientes de dominio y derecho registral
- 20 años en ejercicio
- Colegio de Abogados de Madrid (nº 80.304)
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