¿Qué diferencia hay entre separación y divorcio para la pensión de viudedad?

No hay distinción jurídica entre separación y divorcio en cuanto al acceso a la pensión de viudedad. En ambos casos, se exigen dos requisitos:

  • No haber contraído nuevo matrimonio ni constituido pareja de hecho inscrita.
  • Ser beneficiario de una pensión compensatoria que se extinga con el fallecimiento del causante.

La ley prevé las siguientes excepciones a los requisitos generales: matrimonios disueltos antes de 2008, casos de violencia de género y mayores de 65 años sin pensión compensatoria.

Por tanto, lo determinante no es la diferencia entre separación y divorcio, sino el cumplimiento de los requisitos específicos que la ley establece para los excónyuges.

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