¿Puede la viuda renunciar al usufructo?

Jurídicamente revisado por: Miquel Fàbrega Moyano

Sí, la viuda puede renunciar al usufructo, ya que la renuncia es una forma admitida de extinguir el usufructo (artículo 513 del Código Civil).

También podrá venderlo al nudo propietario, de modo que se extinga por reunirse en una misma persona el derecho de usufructo y la nuda propiedad.

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Miquel Fàbrega Moyano
  • Miquel Fàbrega Moyano
  • Abogado especialista en herencias y sucesiones
  • 11 años en ejercicio
  • Colegio de la Abogacía de Girona (nº 3.861)
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