¿Es posible desheredar por falta de relación familiar?
Solo si la falta de relación familiar es continuada e imputable al desheredado, y además, según la jurisprudencia, deberá probarse que se dio y que causó un daño al causante. En ese caso, se equipara al maltrato de obra que contempla el Código Civil como causa de desheredación de hijos y descendientes (artículo 853).
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