¿Cómo se solicita el arraigo familiar?
La solicitud de arraigo familiar debe presentarla el interesado o su representante legal ante la oficina de extranjería o telemáticamente mediante la plataforma Mercurio, aportando los documentos que acrediten la identidad, el vínculo familiar alegado o la prestación de apoyo a la persona con discapacidad y los demás requisitos exigidos.
Tras presentar la solicitud, debe pagarse la tasa en un plazo máximo de 10 días hábiles mediante el modelo 790, código 052, epígrafe 2.3.1.
La Administración debe resolver en un plazo de 3 meses. Si no lo hace, la solicitud se entiende desestimada por silencio administrativo. Si se concede la autorización, el interesado tiene un mes para solicitar la tarjeta de identidad de extranjero.
No se requiere la solicitud de visado previo para entrar legalmente en el país, ya que el solicitante ya se encuentra en territorio español.
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