¿Cómo se calcula la antigüedad laboral?
La antigüedad laboral comienza desde el inicio efectivo de la relación laboral, no desde la firma del último contrato, teniendo en cuenta las siguientes reglas:
- Se incluye el periodo de prueba si se supera, pero no las prácticas no laborales. Los contratos formativos computan si hay continuidad.
- El tiempo trabajado a través de una empresa de trabajo temporal (ETT) se suma cuando hay unidad del vínculo.
- Las bajas no interrumpen el cómputo; la excedencia voluntaria sí, pero no así la forzosa ni la de cuidado familiar.
- La sucesión de empresa mantiene la antigüedad, y los traslados internos no la alteran. El paso a otra empresa del grupo no garantiza conservarla.
¿Buscas abogado especialista en derecho laboral?
Te ayudamos a encontrar abogado laboralista de confianza en tu zona. Tenemos una amplia red de abogados colaboradores en toda España.
Buscar abogado laboralista