Las leyes de bases no podrán en ningún caso:
a) Autorizar la modificación de la propia ley de bases.
b) Facultar para dictar normas con carácter retroactivo.
art 83 ce
El artículo 83 de la Constitución Española hace referencia a las leyes de bases.
El artículo 83 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título III dedicado a las Cortes Generales y más en concreto dentro del Capítulo II, que hace referencia a la elaboración de las leyes.
- Constitución Española
- Título III. De las Cortes Generales
- Capítulo II. De la elaboración de las leyes
- Título III. De las Cortes Generales