1. Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.
2. Los poderes públicos promoverán la información y la educación de los consumidores y usuarios, fomentarán sus organizaciones y oirán a éstas en las cuestiones que puedan afectar a aquéllos, en los términos que la ley establezca.
3. En el marco de lo dispuesto por los apartados anteriores, la ley regulará el comercio interior y el régimen de autorización de productos comerciales.
art 51 ce
El artículo 51 de la Constitución Española hace referencia a la defensa de los consumidores y usuarios por parte de los poderes públicos.
- Constitución Española
- Título I. De los Derechos y Deberes Fundamentales
- Capítulo III. De los principios rectores de la política social y económica
- Título I. De los Derechos y Deberes Fundamentales