1. Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho.
2. Los poderes públicos promoverán la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general.
art 44 ce
El artículo 44 de la Constitución Española establece que los poderes públicos promoverán el acceso a la cultura.
- Constitución Española
- Título I. De los Derechos y Deberes Fundamentales
- Capítulo III. De los principios rectores de la política social y económica
- Título I. De los Derechos y Deberes Fundamentales