Artículo 41 de la Constitución Española

Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo. La asistencia y prestaciones complementarias serán libres.

art 41 ce

El artículo 41 de la Constitución Española hace referencia a que los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos.