Artículo 4 de la Constitución Española

1. La bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas.

2. Los Estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas. Estas se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios públicos y en sus actos oficiales.

art 4 ce

El artículo 4 de la Constitución Española hace referencia a la bandera de España y a las banderas propias de las Comunidades Autónomas.

El artículo 4 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título Preliminar.