1. Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado.
2. Ninguna autoridad podrá adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y establecimiento de las personas y la libre circulación de bienes en todo el territorio español.
art 139 ce
El artículo 139 de la Constitución Española establece que todos los españoles tendrán los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado.
El artículo 139 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título VIII, dedicado a la organización territorial del Estado. Más en concreto, dentro del Capítulo I sobre los Principios Generales.
- Constitución Española
- Título VIII. De la organización territorial del Estado
- Capítulo I. Principios generales
- Artículo 137
- Artículo 138
- Artículo 139
- Capítulo I. Principios generales
- Título VIII. De la organización territorial del Estado