Derecho de asilo

Jurídicamente revisado por: Ramón Alfonso López Cano
El derecho de asilo es el derecho a la protección que otorga un país concreto a las personas que tienen reconocida la condición de refugiados, de acuerdo con lo establecido en la Convención de Ginebra y en su legislación nacional.
Ideas clave
  • Pueden solicitar el derecho de asilo los nacionales no pertenecientes a países de la Unión Europea y los apátridas.
  • La consecuencia principal de la concesión del derecho de asilo es la no expulsión del extranjero ni la devolución a su país de procedencia.
  • El derecho de asilo lleva aparejados una serie de derechos civiles mientras el extranjero permanece en territorio español.
  • Existen dos tipos de protección internacional de acuerdo con las normas que regulan el derecho de asilo: el derecho de asilo propiamente dicho y el derecho a la protección subsidiaria.
  • La protección subsidiaria se puede conceder cuando el solicitante no cumple los requisitos para que se le reconozca la condición de refugiado.
  • No se concederá el derecho de asilo si el solicitante incurre en alguna causa legal de denegación o revocación.
  • El derecho de asilo se debe solicitar acudiendo personalmente a una oficina habilitada.

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¿Qué es el derecho de asilo?

El derecho de asilo implica la protección que otorga un país a los solicitantes extranjeros de asilo que tienen reconocida la condición de refugiados conforme a la legislación nacional y a la Convención de Ginebra.

Esta protección se puede otorgar a los nacionales de países no pertenecientes a la Unión Europea y a los apátridas, a los que ningún Estado reconoce como nacionales propios.

La protección por derecho de asilo supone la no devolución ni expulsión del extranjero a quien se le haya concedido, además de otros derechos civiles.

¿Dónde se regula el derecho de asilo?

En España, el derecho de asilo está contemplado en el artículo 13.4 de la Constitución Española, al que da cumplimiento la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria.

Además, la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, hecha en Ginebra el 28 de julio de 1951, y ratificada por España el 22 de julio de 1978, establece los requisitos para conceder la condición de refugiado, que es la base para poder otorgar el derecho de asilo.

¿Qué tipos de protección otorga el derecho de asilo?

La Ley 12/2009 prevé dos tipos de protección en su artículo 1:

  • El derecho de asilo, cuando el solicitante tiene reconocida la condición de refugiado.
  • La protección subsidiaria, cuando el solicitante no es considerado refugiado, pero existen motivos para conceder protección.

El derecho de asilo

Se concede la protección por derecho de asilo cuando el solicitante tiene la condición de refugiado de acuerdo con la Convención de Ginebra. 

Esta protección está destinada a las personas que se encuentran fuera del país de su nacionalidad o de residencia habitual y no quieren o no pueden volver a causa de temores fundados de sufrir persecución por alguno de los motivos que establece la ley.

Se concede la condición de refugiado cuando existe alguno de los siguientes motivos de persecución: 

  • Por raza u origen étnico.
  • Por religión.
  • Por nacionalidad o identidad cultural.
  • Por las opiniones políticas.
  • Por pertenecer a un grupo social determinado por características irrenunciables o fundamentales para la identidad de la persona.
  • Por género, edad, orientación o identidad sexual.

Además, la persecución debe consistir en actos como los siguientes: 

  • Actos que constituyan una violación grave de los derechos fundamentales, o una acumulación grave de medidas que afecten de la misma manera a la persona.
  • Actos de violencia física, psíquica o sexual, medidas discriminatorias establecidas por los poderes públicos, procesamientos, penas u otros de la misma naturaleza.

No se concederá la condición de refugiado a aquellas personas que incurran en alguna de las causas de exclusión o de denegación o revocación que establece la ley, y por las que se les considera un peligro para la seguridad de España o han sido condenados en firme por delitos que suponen una amenaza para la comunidad.

La protección subsidiaria

Cuando el solicitante de asilo no cumple los requisitos para que le sea reconocida la condición de refugiado, puede obtener la protección subsidiaria si existe un riesgo real de sufrir un peligro grave de los previstos en la ley y por el cual no pueda regresar a su país de origen o de residencia habitual (si es apátrida).

El daño grave que puede justificar la concesión de protección subsidiaria debe ser alguno de los siguientes:

  • Condena a pena de muerte o riesgo de que se ejecute dicha pena.
  • Tortura y tratos inhumanos o degradantes.
  • Amenazas graves contra la vida o la integridad de los civiles debidas a la violencia indiscriminada que existe en una situación de conflicto internacional.

No se concederá la protección subsidiaria si el solicitante incurre en algún motivo de denegación o exclusión contemplado en los artículos 11 y 12 de la Ley 12/2009.

¿Cómo se solicita el derecho de asilo?

Para obtener el derecho de asilo es necesario que el interesado acuda personalmente o por representante a una oficina habilitada en el plazo de un mes desde que se produzcan los hechos que motivan la solicitud, y presente la solicitud.

Son oficinas habilitadas las comisarías, puestos fronterizos, misiones diplomáticas, oficinas de asilo y refugio, oficinas de extranjeros o centros de internamiento de extranjeros.

La solicitud debe ir acompañada de los siguientes documentos:

  • Fotocopia del pasaporte o título de viaje.
  • Cualquier documento que apoye la solicitud y sirva para justificar el cumplimiento de los requisitos.
  • Datos de los familiares o de las personas dependientes de él para quienes también solicita el asilo, que deberán comparecer personalmente y presentar su documentación.

La tramitación consiste en una entrevista personal mediante la cual el solicitante podrá exponer los hechos y razones que apoyan su petición.

¿Qué consecuencias tiene la concesión de asilo en España?

Una vez concedido el derecho de asilo, la consecuencia principal es la no devolución o expulsión del territorio español. 

Además, el derecho de asilo lleva aparejado el reconocimiento de otros derechos mientras el beneficiario de la protección permanece en España, como son la autorización de residencia y trabajo, la expedición de documentos de identidad y viaje, el acceso a los servicios públicos y a programas de ayuda e integración, el acceso a una vivienda y a la asistencia social, el mantenimiento de la unidad familiar y el derecho de información.

Los menores y otras personas vulnerables pueden beneficiarse además de una asistencia sanitaria y psicológica adecuada o cualquier otro tipo de asistencia cualificada. Los menores no acompañados podrán ser remitidos a los servicios de protección de menores.

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Ramón Alfonso López Cano
  • Ramón Alfonso López Cano
  • Abogado especialista en derecho de extranjería e inmigración
  • 6 años en ejercicio
  • Colegio de Abogados de Málaga (nº 10.366)
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