Artículo 72 del Código Penal

Los jueces o tribunales, en la aplicación de la pena, con arreglo a las normas contenidas en este capítulo, razonarán en la sentencia el grado y extensión concreta de la impuesta.

art 72 cp

El artículo 72 del Código Penal español hace referencia a las reglas generales de la aplicación de las penas y establece que los jueces o tribunales razonarán el grado y la extensión de la pena impuesta en la sentencia.

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