A la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve a quince años.
art 404 cp
El artículo 404 del Código Penal hace referencia al delito de prevaricación cometido por funcionarios públicos (denominada prevaricación administrativa).
Este hecho delictivo se castiga con pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo de 9 a 15 años.
Este artículo, tal y como expresa en su inicio, va destinado a autoridades y altos cargos de la administración pública que tengan capacidad para dictar resoluciones. En la mayoría de los casos nos encontramos con que los imputados por este delito son jueces o magistrados que han dictado una sentencia (o resolución) carente de fundamento o sentido, yendo en contra de los pilares fundamentales de nuestro ordenamiento jurídico, como es el de que las resoluciones deben de ser fundamentadas y ajustadas a Derecho.
Arturo González, abogado penalista en Madrid
El artículo 404 del Código Penal forma parte del título dedicado a los delitos contra la Administración Pública:
- Código Penal
- LIBRO II: Delitos y sus penas
- Título XIX: Delitos contra la Administración pública
- Capítulo I: De la prevaricación de los funcionarios públicos y otros comportamientos injustos
- Artículo 404
- Artículo 405
- Artículo 406
- Capítulo I: De la prevaricación de los funcionarios públicos y otros comportamientos injustos
- Título XIX: Delitos contra la Administración pública
- LIBRO II: Delitos y sus penas
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