Artículo 362 sexies del Código Penal

En los delitos previstos en los artículos anteriores de este Capítulo serán objeto de decomiso las sustancias y productos a que se refieren los artículos 359 y siguientes, así como los bienes, medios, instrumentos y ganancias con sujeción a lo dispuesto en los artículos 127 a 128.

art 362 sexies cp

El artículo 362 sexies del Código Penal establece que en los delitos contra la salud pública serán objeto de decomiso ciertas sustancias, productos y bienes.

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