Artículo 356 del Código Penal

El que incendiare zonas de vegetación no forestales perjudicando gravemente el medio natural, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de seis a veinticuatro meses.

art 356 cp

El artículo 356 del Código Penal español hace referencia a la pena para quien provoque un incendio en zona no forestal.

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