Artículo 26 del Código Penal

A los efectos de este Código se considera documento todo soporte material que exprese o incorpore datos, hechos o narraciones con eficacia probatoria o cualquier otro tipo de relevancia jurídica.

art 26 cp

El artículo 26 del Código Penal español explica que desde dicho código se considera documento todo aquello que permite ser probatorio y de relevancia jurídica.

  • Código Penal
    • LIBRO I: Disposiciones generales sobre los delitos, las personas responsables, las penas, medidas de seguridad y demás consecuencias de la infracción penal

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