Artículo 209 del Código Penal

Las injurias graves hechas con publicidad se castigarán con la pena de multa de seis a catorce meses y, en otro caso, con la de tres a siete meses.

art 209 cp

El artículo 209 del Código Penal español hace referencia a las penas con las que se castiga el delito de injurias graves con publicidad.

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