Las injurias graves hechas con publicidad se castigarán con la pena de multa de seis a catorce meses y, en otro caso, con la de tres a siete meses.
art 209 cp
El artículo 209 del Código Penal español hace referencia a las penas con las que se castiga el delito de injurias graves con publicidad.
- Código Penal
- LIBRO II: Delitos y sus penas
- Título XI: Delitos contra el honor
- Capítulo II: De la injuria
- Artículo 208
- Artículo 209
- Artículo 210
- Capítulo II: De la injuria
- Título XI: Delitos contra el honor
- LIBRO II: Delitos y sus penas
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