Artículo 156 quater del Código Penal

A las personas condenadas por la comisión de uno o más delitos comprendidos en este Título, cuando la víctima fuere alguna de las personas a que se refiere el apartado 2 del artículo 173, se les podrá imponer además una medida de libertad vigilada.

art 156 quater cp

Tras la actualización del Código Penal publicada el 05/06/2021 que entró en vigor el 25/06/2021, se añade el artículo 156 quater por la disposición final 6.15 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio.

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