La responsabilidad establecida en el artículo anterior comprende:
1.º La restitución.
2.º La reparación del daño.
3.º La indemnización de perjuicios materiales y morales.
art 110 cp
El artículo 110 del Código Penal hace referencia a la reparación de los daños y perjuicios causados por un delito. En concreto, la responsabilidad civil derivada de un delito comprenderá: la restitución, la reparación del daño y la indemnización de perjuicios materiales y morales.
- Código Penal
- LIBRO I: Disposiciones generales sobre los delitos, las personas responsables, las penas, medidas de seguridad y demás consecuencias de la infracción penal
- Título V: De la responsabilidad civil derivada de los delitos y de las costas procesales
- Capítulo I: De la responsabilidad civil y su extensión
- Título V: De la responsabilidad civil derivada de los delitos y de las costas procesales
- LIBRO I: Disposiciones generales sobre los delitos, las personas responsables, las penas, medidas de seguridad y demás consecuencias de la infracción penal
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