Los hijos del difunto le heredarán siempre por su derecho propio, dividiendo la herencia en partes iguales.
art 932 cc
- Código Civil
- LIBRO III. DE LOS DIFERENTES MODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD
- Título III: De las sucesiones
- Capítulo IV: Del orden de suceder según la diversidad de líneas
- Sección I: De la línea recta descendente
- Artículo 930
- Artículo 931
- Artículo 932
- Artículo 933
- Artículo 934
- Sección I: De la línea recta descendente
- Capítulo IV: Del orden de suceder según la diversidad de líneas
- Título III: De las sucesiones
- LIBRO III. DE LOS DIFERENTES MODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD
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