Los herederos suceden al difunto por el hecho solo de su muerte en todos sus derechos y obligaciones.
art 661 cc
El artículo 661 del Código Civil español establece que los herederos suceden al difunto en todos sus derechos y obligaciones.
Los herederos suceden al difunto por el hecho solo de su muerte en todos sus derechos y obligaciones.
art 661 cc
El artículo 661 del Código Civil español establece que los herederos suceden al difunto en todos sus derechos y obligaciones.