El propietario de un enjambre de abejas tendrá derecho a perseguirlo sobre el fundo ajeno, indemnizando al poseedor de éste el daño causado. Si estuviere cercado, necesitará el consentimiento del dueño para penetrar en él.
Cuando el propietario no haya perseguido, o cese de perseguir el enjambre dos días consecutivos, podrá el poseedor de la finca ocuparlo o retenerlo.
art 612 cc
Este articulo del Código Civil español está relacionado con los diferentes modos de adquisición de la propiedad que existen. En concreto, el artículo 612 trata sobre la ocupación como uno de los modos de adquisición de la propiedad y hace referencia a los propietarios de enjambres de abejas así como los derechos que disponen.
Tras la actualización publicada el 16/12/2021 con entrada en vigor el 05/01/2022, se suprime el párrafo tercero por el art. 1.24 de la Ley 17/2021, de 15 de diciembre de 2021. Anteriormente, el tercer párrafo decía lo siguiente:
El propietario de animales amansados podrá también reclamarlos dentro de veinte días, a contar desde su ocupación por otro. Pasado este término, pertenecerán al que los haya cogido y conservado.
Artículo 612 Párrafo 3 - Modificado con efectos desde el 05/01/2022
- Código Civil
- LIBRO III. DE LOS DIFERENTES MODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD
- Disposición preliminar:
- Título I: De la ocupación
- LIBRO III. DE LOS DIFERENTES MODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD
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