Artículo 609 del Código Civil

La propiedad se adquiere por la ocupación.

La propiedad y los demás derechos sobre los bienes se adquieren y transmiten por la ley, por donación, por sucesión testada e intestada, y por consecuencia de ciertos contratos mediante la tradición.

Pueden también adquirirse por medio de la prescripción.

art 609 cc

En este articulo del Código Civil español se resumen los principales modos de adquisición de la propiedad que existen.

Así, la propiedad puede adquirirse:

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