Artículo 526 del Código Civil

El que tuviere el uso de un rebaño o piara de ganado podrá aprovecharse de las crías, leche y lana en cuanto baste para su consumo y el de su familia, así como también del estiércol necesario para el abono de las tierras que cultive.

art 526 cc

El artículo 526 del Código Civil español explica que el que tuviere uso de un rebaño o piara de ganado podrá aprovecharse de los bienes que de ellos emanan.

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