Artículo 431 del Código Civil

La posesión se ejerce en las cosas, en los animales o en los derechos por la misma persona que los tiene y los disfruta, o por otra en su nombre.

art 431 cc

El artículo 431 del Código Civil español explica cómo se ejerce la posesión.

Tras la actualización publicada el 16/12/2021 con entrada en vigor el 05/01/2022, se modifica por el artículo 1.15 de la Ley 17/2021, de 15 de diciembre de 2021. Anteriormente, decía lo siguiente:

La posesión se ejerce en las cosas o en los derechos por la misma persona que los tiene y los disfruta, o por otra en su nombre.

Artículo 431 - Modificado con efectos desde el 05/01/2022

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