Artículo 414 del Código Civil

Nadie puede penetrar en propiedad privada para buscar aguas o usar de ellas sin licencia de los propietarios.

art 414 cc

El artículo 414 del Código Civil español hace referencia a la prohibición de entrar en una propiedad privada para buscar aguas sin licencia de los propietarios.

¿Buscas abogado especialista en derecho civil?

Te ayudamos a encontrar abogado de confianza en tu zona. Tenemos una amplia red de abogados colaboradores en toda España.

Buscar abogado

Escoge en qué zona de España quieres buscar abogado:

Consultar abogado